miércoles, 7 de marzo de 2018

BIOSEGURIDAD
Es el conjunto de medidas preventivas que  tienen como objetivo proteger la salud y la  seguridad del personal, de los pacientes y de la comunidad frente a diferentes riesgos  producidos por agentes biológicos, físicos, químicos y mecánicos.
Sus objetivos son:
1.- prevenir enfermedades que se  transmiten entre paciente y personal.
2.- manejo de las exposiciones laborales.
3.- manejo del personal del equipo de salud con las infecciones.

LEGISLACIÓN
Es todo el conjunto de leyes que existen en un Estado y que regulan los comportamientos de los individuos pertenecientes al territorio de un país. Consiste en todo el ordenamiento jurídico, todo el sistema o conjunto de normas que pueden encontrarse en un país, y que responden a un sistema jurídico específico, entendiendo a éste último como todo el conjunto de instituciones del gobierno, las normas, las creencias y las concepciones sobre lo que se considera “derecho”, cuál debería ser su función y las maneras de aplicarlo, perfeccionarlo, enseñarlo y estudiarlo en dicha sociedad determinada.

 RESIDUO
Los residuos son un material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final.

NOM: Norma oficial mexicana
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM's), se refieren a la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establecen reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema,  actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a  terminología y simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Las NOM tienen como principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y el patrimonio y por lo tanto son de observancia obligatoria.

El gobierno es el encargado de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir las NOM. Las NOM están conformadas por comités técnicos integrados por todos los sectores interesados en el tema, no únicamente gobierno sino también por investigadores, académicos y cámaras industriales o de colegios de profesionistas.

RPBI:
Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes biológico-infecciosos y  que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente”.


NOM 052-SEMARNAT-2005
Establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.
Los residuos peligrosos, en cualquier estado físico, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, inflamables, tóxicas, y biológico-infecciosas, y por su forma de manejo pueden representar un riesgo para el equilibrio ecológico, el ambiente y la salud de la población en general, por lo que es necesario determinar los criterios, procedimientos, características y listados que los identifiquen.

El residuo es peligroso si presenta al menos una de las siguientes características, bajo las condiciones señaladas de esta Norma Oficial Mexicana:
-           Corrosividad
-           Reactividad
-           Explosividad
-           Toxicidad Ambiental
-           Inflamabilidad
-           Biológico-Infecciosa
  • Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5.
  • Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición.
  • Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora.
  • Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor.
  • Es Explosivo cuando es capaz de producir una reacción o descomposición detonante o explosiva solo o en presencia de una fuente de energía o si es calentado bajo confinamiento.
  • Es Inflamable cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:
  • No es líquido y es capaz de provocar fuego por fricción, absorción de humedad o cambios químicos espontáneos a 25°C.
  • Es un gas oxidante que puede causar o contribuir más que el aire, a la combustión de otro material.


NOM 087-ECOL-SSA1-2002
Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.
Establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten servicios de atención médica.
La presente Norma Oficial Mexicana establece la clasificación de los residuos peligrosos biológico-infecciosos así como las especificaciones para su manejo.
Esta NOM es de observancia obligatoria para los establecimientos que generen residuos peligrosos biológico-infecciosos y los prestadores de servicios a terceros que tengan relación directa con los mismos.
 Para efectos de esta Norma Oficial Mexicana, los establecimientos generadores se clasifican como se establece en la tabla 1.


Manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos
a) Identificación de los residuos.
b) Envasado de los residuos generados.
c) Almacenamiento temporal.
d) Recolección y transporte externo.
e) Tratamiento.
f) Disposición final.
g) Identificación y envasado

ENVASADOS QUE EXISTEN PARA LA DISPOSICIÓN DE LOS RPBI



NORMAS QUE APLICAN A LOS LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS
NOM-064-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS EQUIPOS DE REACTIVOS UTILIZADOS PARA DIAGNOSTICO.
NOM-065-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS MEDIOS DE CULTIVO.
NOM-005-STPS-1993, RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y MANEJO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES;
NOM-017-SSA2-1994, PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NOM-077-SSA1-1994, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS MATERIALES DE CONTROL PARA LABORATORIOS DE PATOLOGIA CLINICA.
NOM-078-SSA1-1994, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS ESTÁNDARES DE CALIBRACIÓN UTILIZADOS EN LAS MEDICIONES REALIZADAS EN LOS LABORATORIOS DE PATOLOGIA CLINICA
NOM-087-ECOL-1995 REQUISITOS PARA LA SEPARACIÓN, ENVASADO, ALMACENAMIENTO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS QUE SE GENERAN EN ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTEN ATENCIÓN MEDICA.
NOM-166-SSA1-1997 PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS
NOM-026-1998 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA, PREVENCION Y CONTROL DE INFECCIONES NOSOCOMIALES
NOM-253-SSA1-2012PARA LA DISPOSICIÓN DE SANGRE HUMANA Y SUS COMPONENTES CON FINES TERAPÉUTICOS
NOM.015.2002EFICIENCIA ENERGÉTICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES
NOM.015.SSA2.2010PARA LA PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA DIABETES MELLITUS.
NOM.007.SSA.2011.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS.


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