BIOSEGURIDAD
Es el conjunto de medidas
preventivas que tienen como objetivo
proteger la salud y la seguridad del
personal, de los pacientes y de la comunidad frente a diferentes riesgos producidos por agentes biológicos, físicos,
químicos y mecánicos.
Sus objetivos son:
1.- prevenir enfermedades
que se transmiten entre paciente y
personal.
2.- manejo de las
exposiciones laborales.
3.- manejo del personal
del equipo de salud con las infecciones.
LEGISLACIÓN
Es
todo el conjunto de leyes que existen en un Estado y que regulan los
comportamientos de los individuos pertenecientes al territorio de un país.
Consiste en todo el ordenamiento jurídico, todo el sistema o conjunto de normas
que pueden encontrarse en un país, y que responden a un sistema jurídico específico,
entendiendo a éste último como todo el conjunto de instituciones del gobierno,
las normas, las creencias y las concepciones sobre lo que se considera
“derecho”, cuál debería ser su función y las maneras de aplicarlo,
perfeccionarlo, enseñarlo y estudiarlo en dicha sociedad determinada.
RESIDUO
Los residuos son un
material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en
estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o
depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a
tratamiento o disposición final.
NOM: Norma oficial mexicana
Las Normas
Oficiales Mexicanas (NOM's), se refieren a la regulación técnica de observancia
obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establecen reglas,
especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones
aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u
operación, así como aquellas relativas a
terminología y simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se
refieran a su cumplimiento o aplicación.
Las
NOM tienen como principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y
el patrimonio y por lo tanto son de observancia obligatoria.
El
gobierno es el encargado de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir las
NOM. Las NOM están conformadas por comités técnicos integrados por todos los
sectores interesados en el tema, no únicamente gobierno sino también por
investigadores, académicos y cámaras industriales o de colegios de
profesionistas.
RPBI:
Son aquellos materiales
generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes
biológico-infecciosos y que puedan
causar efectos nocivos a la salud y al ambiente”.
NOM 052-SEMARNAT-2005
Establece las
características, el procedimiento de identificación, clasificación y los
listados de los residuos peligrosos.
Los residuos peligrosos,
en cualquier estado físico, por sus características corrosivas, reactivas,
explosivas, inflamables, tóxicas, y biológico-infecciosas, y por su forma de
manejo pueden representar un riesgo para el equilibrio ecológico, el ambiente y
la salud de la población en general, por lo que es necesario determinar los
criterios, procedimientos, características y listados que los identifiquen.
El residuo es peligroso si
presenta al menos una de las siguientes características, bajo las condiciones
señaladas de esta Norma Oficial Mexicana:
- Corrosividad
- Reactividad
- Explosividad
- Toxicidad Ambiental
- Inflamabilidad
- Biológico-Infecciosa
- Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5.
- Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición.
- Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora.
- Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor.
- Es Explosivo cuando es capaz de producir una reacción o descomposición detonante o explosiva solo o en presencia de una fuente de energía o si es calentado bajo confinamiento.
- Es Inflamable cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las siguientes propiedades:
- No es líquido y es capaz de provocar fuego por fricción, absorción de humedad o cambios químicos espontáneos a 25°C.
- Es un gas oxidante que puede causar o contribuir más que el aire, a la combustión de otro material.
NOM 087-ECOL-SSA1-2002
Protección ambiental -
Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y
especificaciones de manejo.
Establece
los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte,
tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos
biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten servicios
de atención médica.
La
presente Norma Oficial Mexicana establece la clasificación de los residuos
peligrosos biológico-infecciosos así como las especificaciones para su manejo.
Esta NOM es de observancia
obligatoria para los establecimientos que generen residuos peligrosos
biológico-infecciosos y los prestadores de servicios a terceros que tengan
relación directa con los mismos.
Para efectos de esta
Norma Oficial Mexicana, los establecimientos generadores se clasifican como se
establece en la tabla 1.
Manejo de residuos peligrosos
biológico-infecciosos
a) Identificación de los
residuos.
b) Envasado de los
residuos generados.
c) Almacenamiento
temporal.
d) Recolección y
transporte externo.
e) Tratamiento.
f) Disposición final.
g) Identificación y
envasado
ENVASADOS QUE EXISTEN PARA LA DISPOSICIÓN DE LOS RPBI
NORMAS QUE APLICAN A LOS LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS
NOM-064-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LAS
ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS EQUIPOS DE REACTIVOS UTILIZADOS PARA
DIAGNOSTICO.
NOM-065-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LAS
ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS MEDIOS DE CULTIVO.
NOM-005-STPS-1993, RELATIVA A LAS
CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL ALMACENAMIENTO,
TRANSPORTE Y MANEJO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES;
NOM-017-SSA2-1994, PARA LA VIGILANCIA
EPIDEMIOLÓGICA
NOM-077-SSA1-1994, QUE ESTABLECE LAS
ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS MATERIALES DE CONTROL PARA LABORATORIOS DE
PATOLOGIA CLINICA.
NOM-078-SSA1-1994, QUE ESTABLECE LAS
ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LOS ESTÁNDARES DE CALIBRACIÓN UTILIZADOS EN LAS
MEDICIONES REALIZADAS EN LOS LABORATORIOS DE PATOLOGIA CLINICA
NOM-087-ECOL-1995 REQUISITOS PARA LA SEPARACIÓN, ENVASADO, ALMACENAMIENTO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS QUE SE
GENERAN EN ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTEN ATENCIÓN MEDICA.
NOM-166-SSA1-1997 PARA LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS
NOM-026-1998 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA,
PREVENCION Y CONTROL DE INFECCIONES NOSOCOMIALES
NOM-253-SSA1-2012, PARA LA DISPOSICIÓN DE
SANGRE HUMANA Y SUS COMPONENTES CON FINES TERAPÉUTICOS
NOM.015.2002. EFICIENCIA ENERGÉTICA DE
REFRIGERADORES Y CONGELADORES
NOM.015.SSA2.2010, PARA LA PREVENCIÓN,
TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA DIABETES MELLITUS.
NOM.007.SSA.2011.ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS.
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